CUOTAS DE PARTICIPACION

¿Se pueden modificar las cuotas de participación de los elementos en una comunidad de propietarios? ¿Qué mayoría es necesaria para dicha modificación?
• Efectivamente las cuotas de participación de los elementos en una comunidad de propietarios pueden modificarse a petición de cualquier comunero, tal y como se recoge en la LPH.
Para realizar la modificación es necesario que dicho asunto sea tratado dentro de una Junta comunitaria, y que el acuerdo cuente con la UNANIMIDAD de todos los comuneros, tanto de los presentes en la reunión como los ausentes (art. 17.6 de la LPH) aspecto este también recogido en múltiples sentencias del TS (ejemplo Sentencia del 30 de Abril del 2010). Caso de no obtenerse dicha mayoría, no existe otra salida que acudir a la vía judicial, a través del correspondiente procedimiento ordinario y con los requisitos recogidos en la legislación vigente.

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