¿El cambio de contadores de luz de la comunidad, debe de ser abonado en atención a la cuota de participación o por el contrario debe de ser abonado a partes iguales entre los vecinos?
Respuesta: Nuestro criterio es que el cambio o la reparación de un contador deberá ser sufragado por la Comunidad de la misma manera que se vienen abonado el resto de gastos comunes, de tal forma que si se vienen abonando los gastos por coeficiente, esta será la manera en la que se deba pasar al cobro este gasto.
La modificación del sistema de reparto requiere el acuerdo unánime, pues se está modificando el TÃtulo, a tenor de lo dispuesto en el art. 17.6 de la LPH, aunque si se adopta por un quorum inferior el acuerdo será válido y ejecutivo, como establece el art. 18.4, aunque existirá la posibilidad de impugnación judicial.